Conocí al abogado Jorge Carpizo McGregor a mediados de 1992. Meses antes, en abril de ese mismo año, el presidente de la República, Carlos Salinas de Gortari, había enviado al Senado una iniciativa de Ley Orgánica de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En su artículo 2o. se establecía que la Comisión Nacional sería un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objetivo esencial era la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos previstos en el orden jurídico mexicano.
El encuentro con el maestro Carpizo se dio porque en ese año los azares burocráticos me habían llevado a trabajar a la dirección general de programación, organización y presupuesto de la Secretaría de Gobernación, y en todo lo del citado articulo 2o. había algo que nos correspondía a nosotros como dependencia: el de trasladarles los recursos que les darían patrimonio propio.

La plantilla de profesores del Instituto Nacional de Administración Pública, en mi época de estudios de maestría, era realmente interesante: funcionarios públicos y Doctores de la UNAM y de la UAM, todos destacados sin lugar a duda. Recuerdo a Oscar De Lassé, Director General de Investigaciones Políticas y Sociales de la Secretaría de Gobernación, en la época de Manuel Bartlett como secretario.
Partiendo de la premisa de que “La generación intermitente de las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas afecta la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional en suficiencia, calidad y continuidad en el suministro eléctrico”, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) publicó un Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, ante la emergencia sanitaria que ha paralizado al país.