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Una buena del "Mijis"

Armando Luna

La pena de prisión tiene tres objetivos: 1) el castigo; 2) la disuasión; y 3) la reinserción. Se confunden habitualmente estos conceptos y resulta en discusiones intensas, porque pareciera que para la mayoría de las personas todo se trata de un castigo que asemeja más a la venganza que a la justicia. Traigo este tema a la discusión después de una álgida plática entre varios conocidos sobre el tema. Criticaban algunos y apoyaban otros la propuesta de un diputado federal para otorgar seguridad social a los internos que trabajen en los esquemas de industria penitenciaria.  

Es importante destacar que no se trata de ninguna novedad que los internos trabajen en los centros. Esto es parte indispensable de su proceso de reinserción, pocas cosas dan a la persona tanta dignidad como el realizar una actividad y recibir un pago a cambio. Este pago permite que el interno tenga un ingreso para que sus familiares vivan en el exterior y así evitar que ellos también paguen por un delito que no cometieron.  

El trabajo en las cárceles hace años que es uno de los programas que mayor impulso reciben, por todo el país se conocen casos de éxito donde los internos continúan laborando para estas empresas una vez cumplida la pena. Hay ventajas para los empresarios que contratan, para los centros penitenciarios y sobre todo para los internos y sus familias.  

Cabe hacer la pregunta de ¿por qué una persona que trabaja para un patrón, recibe un sueldo, cumple horario y realiza labores personales y subordinadas, no tiene derecho a recibir seguridad social? ¿Qué diferencia hay entre un trabajador de una fábrica que está libre, y uno que esta interno? A primera vista, ninguna, solamente que uno tiene derecho a la seguridad social y el otro no. Esto extiende los prejuicios de la sociedad hacia el interno y sus familias.  

La propuesta del Mijis retoma ideas que en los últimos años se han trabajado por la autoridad penitenciaria del país y por muchos empresarios. Aprobar esta propuesta es un acto de justicia hacia quienes generalmente se encuentran privados de todo, ellos y sus familias.Votar esta ley daría certeza a los miles de personas que una vez cumplida su pena, pueden reinsertarse a la comunidad en mejores condiciones.  Privar a miles de familias en todo el país del acceso a la seguridad social, contribuye a la desigualdad y atenta contra el objetivo del sistema penitenciario y contra los más elementales derechos de las personas.

 

@alunacanales

Dirigir es decidir

Armando Luna Canales

La consulta propuesta sobre el aeropuerto lleva nuestro régimen constitucional a unos límites no vistos en nuestra historia reciente. Nuestra Constitución prevé un mecanismo de consulta popular. El artículo 35 señala que es un derecho de los mexicanos el participar en las consultas populares, mismas que pueden ser convocadas por el presidente, las cámaras, el 2% de los ciudadanos. Independientemente de quien la proponga, la debe aprobar la mayoría de cada Cámara. Si la participación es mayor al 40%, entonces el resultado vincula a la autoridad y así otros requisitos sobre los temas que no pueden ser objeto de consulta, la facultad del INE para organizarla, y la obligación de realizarla el mismo día de la jornada electoral. Sobra decir que la consulta popular propuesta para el aeropuerto omite cumplir con todos y cada uno de estos requisitos.  

Es soberano quien decide sobre el estado de excepción nos dice Schmitt en su obra Teología Política. No se refiere solo a la suspensión de la ley, sino como un caso de necesidad no definido en el orden jurídico vigente. Se trata de una situación que el derecho no ha previsto.  Resulta entonces necesaria una intervención, en principio no controlada, al margen del orden jurídico, sin el equilibrio que deben tener los distintos poderes. 

Es la secularización del concepto teológico del Dios todo poderoso. Nuestra Constitución retoma esta idea en su artículo 39 al señalar que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. 

Pero antes de hablar de un poder supremo y absoluto, debemos hablar de decisión. 

Para el caso que nos interesa llama la atención que se recurra a la consulta cuando suficientes leyes disponen las reglas y procedimientos que deben seguirse para hacer un aeropuerto. 

En este caso, no corresponde al gobierno consultar, sino decidir. Acudir al soberano para un tema ya definido y bajo ningún concepto excepcional, desata muchos cuestionamientos. Mucho más allá de la viabilidad técnica, jurídica o política de una obra de infraestructura, la pregunta debe girar sobre la viabilidad de un gobierno que lleva al soberano, cada una de sus acciones.  

Dirigir es guiar a una organización por uno de varios rumbos. Implica tomar decisiones, hay aciertos y errores, pero siempre decidiendo. En el gobierno el gobernante decide, en una empresa un director decide, no sé cuánto tiempo dure en su empleo un director que consulta con su consejo de accionistas cada decisión relevante que debe tomar.